Conozca 5 de las preguntas más frecuentes del perdón I-601A

26 de mayo del 2021

Sabemos que hay muchas preguntas respecto a este tema, es por esto que en esta ocasión les traemos 5 de las preguntas más frecuentes de este tema. Le recordamos que estas son respuestas muy generales, consulte siempre a su abogado experto en inmigración para que él pueda indicarle la mejor manera y que procesos legales debería tomar según su caso. 

NOTA:

Si desea conocer más sobre qué es el perdón I-601A, quienes aplican y otros temas importantes relacionados, sírvase visitar el siguiente enlace: https://jessicadominguez.com/?s=I601a

¿Quiénes necesitan el perdón I-601 A?

Personas que viven en Estados Unidos por más de 180 días o más de 1 año sin estatus legal migratorio y que buscan obtener la residencia legal permanente en el país y quienes:

  • No ingresaron con una visa, o
  • No ingresaron con un permiso, o
  • NO tienen protección 245(i).

Pésimas en esta situación al salir del país a acudir a una cita consular recibirán el castigo de los 3 o 10 años. 

Para evitar tener que salir y quedarse castigados por tantos años. Ellas deben asesorarse para que un abogado experto determine si califican para el perdón I-601A para poder evitar estos castigos  fuera del país. 

Este perdón ha ayudado a muchas familias para mantenerse unidas. 

NOTA: 

Existen excepciones.  Por ejemplo, padres con hijos ciudadanos que sirven en las fuerzas armadas o que son veteranos. Para otras excepciones lo invitamos a visitar el siguiente vídeo: https://www.youtube.com/watch?v=z0fUSASGn0s

¿Tendré que salir del país después que mi perdón I-601A sea aprobado?

Sí. Una vez que el perdón sea provisionalmente aprobado, usted tendrá que salir del país. La cita para obtener su residencia se llevará a cabo en una embajada americana o en un consulado americano de su país de origen. Parte del proceso fuera del país incluirá tomarse las huellas y obtener un examen médico o en una clínica aprobada por el Departamento de Estado. 

Tengo un hijo ciudadano  mayor de 21. Vivo en el país indocumentada por más de 25 años. ¿Él me puede ayudar a calificar por el perdón I-601A?

Los únicos familiares que los pueden ayudar para calificar para el perdón son:

  • Padre/Madre residente permanente o ciudadano estadounidense
  • Cónyuge residente o ciudadano estadounidense.

Un hijo no ayuda a sus padres a calificar para el perdón. 

NOTA:

En este vídeo podrá encontrar más información sobre qué personas pueden ayudarle a calificar para un perdón: https://www.youtube.com/watch?v=9xdddQ-ZopU

¿Qué puedo hacer si me niegan el perdón I-601A?

Tranquilo, NO todo está perdido. Usted todavía tendrá la oportunidad de registrar el perdón I-691A nuevamente. 

Asegúrese de conversar con su abogado para que le explique las razones por las cuales USCIS negó su perdón. Su abogado le ayudará a preparar la documentación necesaria. 

NOTA:

  En algunas ocasiones NO se debe registrar un nuevo perdón. Su abogado experto le explicará cuáles son esas situaciones. 

¿Puedo aplicar a un permiso de trabajo si la decisión de mi perdón aún está pendiente?

No. Usted no puede aplicar a un permiso de trabajo mientras que su perdón I-601A esté pendiente. 

Tomar la decisión de salir del país para una cita consular, es un paso de suma importancia. Por favor consulte con un abogado experto en las leyes de inmigración antes de tomar este lado. 

Esperamos que esta información les sea de utilidad y que si usted está en el proceso de que su perdón I-601A sea aprobado se suscriba al boletín informativo en https://jessicadominguez.com/ ya que ahí le estaremos informando de lo último que acontece en inmigración.

OJO: 

Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar.  No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso. 

Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular. 

Esta información está protegida por copyright © Si usted desea difundir esta información, lo puede hacer, pero por favor asegúrese de mencionar que obtuvo esta información de https://www.jessicadominguez.com

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@Abogadatina
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