En este blog le compartimos cuánto tiempo demora la petición de ciudadanos estadounidenses a sus hermanos.
¿Puede pedirme mi hermano ciudadano?
Las Leyes de Inmigración permiten que un Ciudadano Estadounidense registre una petición por su hermano soltero o casado a través de una petición familiar.
Sin embargo, el hecho de que su hermano lo pida NO significa que recibirá la residencia automáticamente. Existen factores de inadmisibilidad que deben considerarse.
NOTA: Si desea conocer más acerca de la inadmisibilidad en EE.UU. INGRESE AQUÍ.
¿Cuánto demora la petición de un hermano ciudadano?
Cuando un ciudadano estadounidense hace una petición por su hermano, deben esperar a que la fecha de prioridad esté vigente en el boletín de visas, el cual es un documento emitido mensualmente por el Departamento de Estado en donde se indican las fechas de prioridad vigentes en ese mes.
¿Cómo puedo leer el boletín de visas para saber cuánto tiempo debo seguir esperando?
Las peticiones de ciudadanos estadounidenses hacia sus hermanos ocupan la cuarta categoría en el boletín de visas, es decir, forman parte de la “Categoría F4”.
A continuación le compartimos paso a paso cómo conocer el tiempo que demora esta petición.
PASO 1: Ubique su categoría en el boletín
PASO 2: Ubique el país del beneficiario
Deberá identificar si el beneficiario es de México o de otro país de habla hispana.
Paso 3: Verifique la fecha bajo su país y categoría
PARA MÉXICO
Como podrá darse cuenta, bajo la Tabla A, para este mes de abril de 2023, la fecha de prioridad es Agosto 1 del 2000, por lo que el tiempo aproximado de espera es de 23 años.
PARA OTRO PAÍS DE HABLA HISPANA
La fecha de prioridad para otro país de habla hispana que no sea México bajo la tabla A, es marzo 22 del 2007, por lo que el tiempo de espera actualmente es de 16 años.
Le recomendamos que antes de que se registre una solicitud, consulten su caso con un abogado experto en las leyes de inmigración para que analice su caso y le indique lo mejor para su situación.
OJO:
Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar. No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso.
Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado experto en las leyes de inmigración para analizar su caso en particular.
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