Por la pandemia del COVID-19, Las Cortes de Inmigración realizaron unos cambios para evitar la propagación del virus.
¿Qué documentos están aceptando firmas digitales o electrónicas?
En todos los documentos presentados.
¿De qué manera podrá usted o sus abogados registrar sus documentos con la corte?
Por medio de correo electrónico o por correo postal.
¿Los tribunales de inmigración siguen operando?
Si. Aunque no atienden al público, los empleados continúan realizando servicios esenciales y están ahora aceptando documentos firmados electrónicamente.
¿Qué formularios se pueden enviar electrónicamente?
OJO: NO registre ningún documento con el tribunal de Inmigración. Generalmente, los abogados somos los que nos encargamos de este proceso.
Ejemplos de formularios que podrán firmar electrónicamente:
– El formulario I-589, solicitud de asilo.
– El Formulario EOIR 42B, solicitud para su caso de defensa de deportación “cancelación de expulsión”.
¿Cuándo volverán a abrir los tribunales de inmigración para las personas no detenidas?
Abrirán el 1 de mayo 2020. Todas las audiencias actualmente programadas serán reprogramadas.
OJO: Esta es información general. Todo caso de Inmigración es diferente. Para respuestas específicas de su caso consulte con su abogado. Si no tiene un abogado, asegúrese de consultar con un abogado experto en las leyes de inmigración.