Personas que tienen TPS y querían obtener la residencia permanente en el país basados en decisiones anteriormente tomadas por ciertos tribunales serán afectados por una decisión que tomó la Corte Suprema

8 de junio del 2021

La Corte Suprema decidió por unanimidad  que personas que tengan TPS y que ingresaron al país ilegalmente no califican para un ajuste de estatus, para recibir su residencia dentro de los Estados Unidos. 

OJO: Todavía existen otras opciones. Por favor conversar con sus abogados. 

¿De qué trata esta decisión tomada por la Corte Suprema?

En el pasado tribunales de los siguientes 3 circuitos:

  • 6º Circuito de Apelaciones: Missouri, Wisconsin, Indiana, Illinois, Kentucky y Tennessee.
  • 8º Circuito de Apelaciones: Arkansas, Dakota del Norte, Dakota del Sur, Iowa, Minnesota y Nebraska.
  • 9º Circuito de Apelaciones: Alaska, Hawaii, Guam, California, Oregon, Washington, Montana, Idaho, Nevada, Arizona y las Islas Marianas del Norte.

Decidieron que un portador de TPS había sido admitido bajo las leyes de inmigración para propósitos de calificar para su residencia permanente en el país por una petición de un familiar inmediato. 

La Corte Suprema decide que esas decisiones fueron incorrectas. 

Los magistrados de la Corte Suprema decidieron que el contar con TPS “no elimina el efecto de esa entrada ilegal” Por lo tanto, una persona en esa situación no es considerada como que ha sido admitida al país, y no puede basado en una petición familiar de un familiar inmediato, ajustar su estatus en el país 

¿Quién es un familiar inmediato?

Son aquellos que por tener una relación familiar cercana con las personas que los piden quienes son ciudadanos estadounidenses.

Estos son:

  • Cónyuges,
  • Hijos solteros menores de 21 años,
  • Padres y Madres.

Si usted es un padre o madre, o cónyuge, o un hijo o hija soltera menor de 21  o de un ciudadano estadounidense entonces usted es un familiar inmediato. 

¿Qué explicó la Corte Suprema?

La Corte Suprema añadió que la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) establece que para poder ser elegible para la residencia permanente legal dentro de los Estados Unidos, los solicitantes deben haber ingresado de manera legal al país. 

Decidieron que el ser portador de TPS no es equivalente a tener un ingreso legal o el haber sido admitido al país bajo las leyes de Inmigracion. 

¿Cómo interpreta esta ley la Corte Suprema?

La interpreta de manera en que la ley cuando habla de que una persona tuvo que ingresar legalmente o haya sido admitida legalmente, no bastará con que tenga TPS sino que debe demostrar que ingresó legalmente a los Estados Unidos o calificar bajo existentes excepciones. 

¿Cuáles son algunas de estas excepciones?

Algunos ejemplos de personas que todavía pueden calificar para su residencia dentro del país por una petición de un familiar inmediato, aunque ingresaron ilegalmente son aquellas que tienen la protección 245(i), o un hijo o hija sirviendo en las fuerzas armadas o veteranos de ellas entre otros. 

¿Qué pasa con las personas que registraron su solicitud la semana pasada y aún no tienen una entrevista?

Aún NO hay una decisión como tal; sin embargo, esperamos que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración tome la decisión de no rechazar esos casos ya que fueron registrados antes de que la Corte Suprema tomara esta decisión. Aquí los am tendremos informados. 

Sin lugar a dudas, esta es una decisión muy difícil para estas personas ya que por el momento no podrán regular su estatus dentro del país. Esperemos que pronto exista una ley con la cual puedan ser beneficiados y así tener la oportunidad de arreglar su situación en los Estados Unidos permanente. 

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OJO: 

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Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular. 

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