Las 5 preguntas más frecuentes sobre el PERMISO DE TRABAJO

Conozca las preguntas más frecuentes sobre el permiso de trabajo.

A diario recibimos muchas de sus preguntas sobre el permiso de trabajo, por ello, en este blog damos respuesta a cinco de las preguntas más frecuentes.

¿Qué es el Permiso de Trabajo?

Es un documento que se le otorga a las personas que califican para un trámite de inmigración  y cumplen con todos los requisitos . Este documento les permite trabajar legalmente en los Estados Unidos.

Quienes quieran trabajar legalmente en Estados Unidos, deben tener un permiso de trabajo, por ello hay muchas dudas sobre este tema dentro de nuestra comunidad. Acá le compartimos la respuesta a las cinco preguntas más frecuentes: 

  1. ¿Quiénes califican para el permiso de trabajo?

NO todas las personas que están dentro de Estados Unidos califican para este permiso. 

Pueden calificar para este permiso, solamente quienes tengan un trámite que, bajo las leyes de inmigración, le permita solicitar un permiso de trabajo. 

Por ejemplo: 

  • Solicitantes de la residencia,
  • DREAmers, 
  • Personas con casos de asilo pendiente, OJO: Siempre y cuando cumpla con los requisitos del tiempo de espera.
  • Personas protegidas con Visa U o VAWA, entre otros. 

OJO: Usted NO tiene que solicitar un permiso de trabajo si es Residente Permanente Legal o Ciudadano Estadounidense.

Permiso de trabajo en USA / Visa de trabajo - Capplatam
Abogada de inmigración- Para trabajar legalmente en Estados Unidos debe tener un permiso de trabajo.

  1. ¿Cómo solicito el permiso de trabajo?

Para solicitar un permiso de trabajo, debe:

  • Presentar ante el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) el Formulario I-765. Asegúrense de leer y seguir cada una de las instrucciones del formulario.
  • Pagar las tarifas de presentación de su formulario (si se requiere).
  • Presentar toda la documentación requerida por USCIS para el trámite de su caso. 

NOTA: Encuentre el Formulario I-765 y más información sobre la presentación del mismo ingresando AQUÍ.

  1. ¿El permiso de trabajo debe ser renovado?

SÍ. Si su permiso está por expirar o ya ha expirado, usted debe solicitar la renovación de su permiso presentando nuevamente el Formulario I-765 ante USCIS. 

OJO: Si su permiso está por expirar en un plazo de 6 meses (180 días), debe solicitar la renovación de su permiso. 

  1. ¿Califico para un permiso de trabajo si vivo en los Estados Unidos desde hace varios años?

NO. El hecho de que una persona viva en los Estados Unidos desde hace muchos años NO significa que califica automáticamente para un permiso de trabajo. 

Muchas personas mal intencionadas se aprovechan de nuestra comunidad y les hacen creer que pueden obtener un permiso de trabajo solo por vivir muchos años en el país cuando esto es completamente FALSO. Cuídense de las estafas.

  1. ¿Puedo salir del país y regresar legalmente con mi permiso de trabajo?

NO. El hecho de tener un permiso de trabajo, únicamente le permite trabajar dentro de los Estados Unidos, NO permite salir y regresar legalmente al país. 

Por favor, tenga mucho cuidado ya que el permiso de trabajo NO es un documento o permiso para viajes, si desea salir de los Estados Unidos, debe consultar antes con un abogado experto en leyes de inmigración para que analice su caso y le indique lo mejor o los pasos que deben de tomar. 

Le pedimos que tenga mucho cuidado con este tema. Si tiene dudas sobre su caso o solicitud, puede consultar con un abogado experto en las leyes de inmigración para que él pueda ayudarlo e indicarle lo mejor para su caso. 

OJO: 

Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar.  No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso. 

Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular. 

Esta información está protegida por copyright © Si usted desea difundir esta información, lo puede hacer, pero por favor asegúrese de mencionar que obtuvo esta información de https://www.jessicadominguez.com 

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@Abogadatina
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