¿Puedo recibir la residencia por un hijo ciudadano?

En este blog le compartimos cuando es que su hijo ciudadano puede registrar una petición por sus padres y damos respuesta a algunas de las preguntas más frecuentes sobre este tema. 

¿Cuántos años tiene que tener un hijo ciudadano para pedir a sus padres?

Para que un hijo ciudadano estadounidense pueda pedir a sus padres, debe ser mayor de 21 años de edad. 

OJO: Los hijos que son Residentes Permanentes Legales, NO pueden registrar peticiones por sus padres.

Si me pide mi hijo ciudadano mayor de 21 años ¿Recibiré la residencia?

El hecho de que su hijo ciudadano registre una petición por usted NO significa que usted califica para la Residencia Legal automáticamente. 

En otras palabras, tener un hijo ciudadano NO es suficiente para recibir la residencia legal, existen varios factores de inadmisibilidad para determinar si usted califica o no.

¿Por qué motivos podría un padre no calificar para la residencia legal?

Las leyes de inmigración toman en cuenta varios factores para determinar si usted es elegible o no para la residencia permanente legal. Como por ejemplo: 

  • Tiene antecedentes penales; 
  • Se ha hecho pasar por ciudadano estadounidense; 
  • Las veces que usted ingreso al país;
  • Salidas y reingreso al país;
  • Si ha cometido fraude, entre otros. 

NOTA: Si desea conocer más motivos por los que podrían negarle la residencia, sírvase INGRESAR AQUÍ.

¿Debo asistir a una cita consular si mi hijo hace una petición por mi?

En algunos casos los padres de hijos ciudadanos pueden seguir su proceso de la residencia dentro de los Estados Unidos; sin embargo, en algunas ocasiones sí deben seguir un proceso consular.

MUCHO OJO:

En el caso de tener que seguir un proceso consular y haber acumulado presencial ilegal durante 180 días o más de un año, podría recibir el castigo de los 3 y 10 años cuando salga del país y un hijo ciudadano NO ayuda para calificar al perdón por estos castigos. 

Asegúrese de consultar con un abogado experto en las leyes de inmigración para que le indique qué pasos debe usted tomar o no tomar si se encuentra en esta situación.  

NOTA: Conozca más sobre el perdón para estos castigos visitando el siguiente enlace: https://bit.ly/3n4SIfh

OJO: 

Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar.  No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso. 

Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular. Esta información está protegida por copyright © Si usted desea difundir esta información, lo puede hacer, pero por favor asegúrese de mencionar que obtuvo esta información de https://jessicadominguez.com/

Compartir en:
Compartir en:
@Abogadatina
Blogs que te pueden interesar