Conozca qué es la protección de la ley de la 245(i) y algunos puntos importantes al respecto.
¿Qué es la ley 245(i)?
La ley de la 245(i) permite a las personas que cuentan con esta protección y que cumplen con todos los requisitos para solicitar la Residencia Legal, el poder poder solicitar un ajuste de estatus, es decir, el poder solicitar la residencia permanente legal dentro del país.
OJO: Esta ley expiró el 30 de abril del 2001; sin embargo, continúa beneficiando a quienes cuentan con ella.
¿Cómo sé si tengo la protección de la 245(i)?
Para saber si usted cuenta con la protección de la 245(i), debe contar con los siguientes requisitos:
- Tener una petición ya sea familiar o laboral que se registró el 30 de abril del 2001 o antes.
- Si su petición fue registrada después del 15 de 1998, debe demostrar que vivió en Estados Unidos antes de diciembre 21 del 2000.
- La petición debe estar aprobada o debe haber sido “aprobable” cuando se registró.
- Es admisible y cumple con todos los requisitos bajo las leyes de Inmigración para recibir la residencia dentro de Estados Unidos.
- Debe haber una visa disponible para usted.
NOTA: Antes de registrar una solicitud le recomendamos consultar su caso con un abogado experto en leyes de inmgiración para que analice todos los factores y le indique si cuenta o no con esta protección.
¿Cómo puede beneficiarme contar con la ley de la 245(i)?
El hecho de contar con la protección de la 245(i) puede beneficiarlo al permitirle continuar con su trámite de residencia sin tener que salir del país y así evitar salir de los Estados Unidos y recibir los castigos de los 3 y 10 años.
Recordemos que los castigos de los 3 y 10 años son para personas que después del 1 de Abril de 1997 viven ilegalmente en Estados Unidos, 180 días o más de 1 año. Aunque existen perdones pra estos castigos, no todas las personas califican.
¿Debo pagar algo por la 245(i)?
SÍ. Si usted cuenta con la 245(i) y califica para ajustar su estatus en los Estados Unidos, deberá pagar una multa de mil dólares (USD$1000) por su presencia ilegal en el país.
¿Si tengo la 245(i) me darán la residencia legal?
El hecho de contar con la protección de la Ley 245(i) NO significa que recibirá la residencia automáticamente. Existen ciertos factores de inadmisibilidad que deben ser considerados.
Conozca más sobre la inadmisibilidad en Estados Unidos visitando el siguiente enlace: http://bit.ly/3zMUoA0
Le recordamos nuevamente la importancia de que consulte su caso con un abogado experto en las leyes de inmigración para que analice su caso antes de registrar una solicitud para que así pueda indicarle los pasos necesarios para arreglar su estatus en el país.
OJO:
Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar. No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso.
Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular.
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