Conozca más acerca de la residencia a través de la familia.
Algunas personas con familiares residentes permanentes legales o ciudadanos estadounidenses pueden recibir la Residencia Estadounidense. Continúe leyendo para conocer más información.
¿Qué es la Residencia Permanente Legal?
La Residencia Permanente Legal es un estatus otorgado a las personas que cumplen con todos los requisitos. Quienes son Residentes Permanentes Legales, tienen el derecho de vivir y trabajar en Estados Unidos.
OJO: Si una persona comete ciertas faltas podría llegar a perder su residencia e incluso, en algunos casos, podría encarar un proceso de deportación.
¿Quiénes pueden obtener la residencia a través de la familia?
El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) indica que algunas personas que pueden solicitar la residencia a través de la familia son:
- Familiar inmediato de un ciudadano estadounidense,
- Familiar de un residente permanente legal o ciudadano estadounidense que califique bajo alguna categoría del boletín de visas,
- Prometido de un ciudadano estadounidense,
- Viudo(a) de un ciudadano estadounidense,
- Autopeticionario de VAWA.
¿Quiénes son considerados familiares inmediatos?
Son familiares inmediatos aquellas personas que tengan una relación muy cercana con el ciudadano que los pide.
Familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses son:
- Cónyuge,
- Hijo soltero menor de 21 años,
- Padre o madre siempre y cuando el ciudadano sea mayor de 21 años.
¿Cuáles son los familiares que califican bajo las categorías del boletín de visas?
Los familiares que se encuentran en el boletín de visas son:
- Hijos solteros de ciudadanos mayores de 21 años,
- Cónyuges e hijos solteros de residentes permanentes legales de cualquier edad,
- Hijos casados de ciudadanos estadounidenses,
- Hermanos de ciudadanos estadounidenses.
¿A qué familiares puede pedir un Residente Permanente Legal?
Un Residente Permanente Legal puede pedir a:
- Cónyuge,
- Hijos solteros de cualquier edad.
¿A qué familiares puede pedir un Ciudadano Estadounidense?
Puede pedir a:
- Padre o madre
- Cónyuge
- Hijos solteros o casados
- Hermanos solteros o casados
Quédese pendiente de https://jessicadominguez.com/ y de nuestras redes sociales ya que en las siguientes semanas compartiremos con usted información acerca de las peticiones para cada categoría familiar.
OJO:
Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar. No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso.
Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular.
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