Se extiende nuevamente la entrada en vigor del Real ID

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS), Alejandro Mayorkas,  anunció que se aplaza por 19 meses más la entrada en vigor del Real ID por razones de salud pública por la pandemia del coronavirus. Esta decisión estaba programada para tomar efecto en octubre de este año.  Ahora la ley entrará en vigor el 3 de mayo del 2023.

¿Qué es la Ley Real ID?

Es una ley que se aplica a las normas de seguridad y autenticación para el proceso de entregas de licencias de conducir y documentos de identidad por los gobiernos estatales y federales. También tiene que ver con cuáles son los documentos que una persona puede presentar para identificarse cuando se presentan a ciertos lugares.

¿Qué pasará a partir de que entre en vigor esta ley?

El Secretario, Alejandro Mayorkas, nos recordó que bajo esta ley,  “todo viajero aéreo de 18 años o más necesitará una licencia de conducir o tarjeta de identificación que cumpla con la ley del ‘Real ID’, un documento mejorado emitido por el estado u otra forma de identificación aceptable por la Administración para la Seguridad en el Transporte (TSA) en los puntos de control de seguridad aérea para vuelos nacionales”.

NOTA:

Las personas que no cuentan con un estatus legal migratorio podrán seguir viajando en vuelos nacionales e internacionales siempre y cuando presenten el pasaporte vigente de su país de origen. 

¿Quiénes pueden aplicar para recibir identificaciones del gobierno de acuerdo con la ley de Real ID?

Algunas de las personas que pueden aplicar son:

  • Ciudadanos estadounidenses, 
  • Residentes legales permanentes o temporales,
  • Personas cuyas visas laborales estén vigentes,
  • Personas con visas de no inmigrante,
  • Personas que tienen TPS,
  • Dreamers que poseen DACA, entre otros. 

Para obtener más información sobre las personas que pueden solicitar el Real ID puede visitar el siguiente enlace: 

¿Qué documentos se necesitan para cumplir con los requisitos de esta ley?

Para poder cumplir con esta ley se necesitan los siguientes documentos:

  • Documentos de identificación personal. Como por ejemplo: Pasaporte estadounidense, tarjeta de residencia vigente, entre otros. 
  • Documentos de seguro social. Como por ejemplo: Seguro social, formulario W-2, formulario de impuestos SSA-1099.
  • Dos pruebas de que vive en el estado en donde está solicitando su Real ID. Como por ejemplo: Factura de servicios públicos como luz o agua, escrituras de su propiedad o residencia, certificados médicos, entre otros. 

Para más información sobre los documentos que necesita para cumplir con los requisitos de esta ley, por favor sírvase leer el siguiente enlace: https://jessicadominguez.com/blog/requisitos-para-obtener-una-identificacion-real-id-2-2/

Debido a que no se sabe cuando esta pandemia terminará, es imposible determinar si todavía existirán otros cambios al respecto. Aquí los mantendremos informados.

OJO:

Esta es información general y se comparte con el solo propósito de informar. No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso.

Para respuestas específicas de su caso consulte con su abogado.  Si no tiene un abogado, asegúrese de consultar con un abogado experto en las leyes de inmigración.

Esta información está protegida por copyright © Si usted desea difundir esta información, lo puede hacer, pero por favor asegúrese de mencionar que obtuvo esta información de https://www.jessicadominguez.com

Compartir en:
Compartir en:
@Abogadatina
Blogs que te pueden interesar