¿Se puede pedir a un hermano que vive ilegalmente dentro de Estados Unidos?

¿Es posible que un ciudadano estadounidense pida a su hermano beneficiario que vive dentro de Estados Unidos sin papeles? A continuación se lo compartimos. 

¿Puedo pedir a mi hermano que vive dentro de Estados Unidos sin papeles?

Las leyes de inmigración dictan que SÍ es posible que un ciudadano estadounidense mayor de 21 años de edad, registre una petición familiar por su hermano aún cuando el hermano beneficiario de dicha petición se encuentre dentro de los Estados Unidos. 

¿Cómo puedo pedir a mi hermano dentro de Estados Unidos?

Deberá registrar una petición familiar por su hermano ante el Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS). Ahí deberán presentar todos los documentos necesarios y pagar las tarifas requeridas. 

En el siguiente enlace encontrará más información acerca de la petición de hermanos: https://bit.ly/3XUl9OD

¿Tendrá mi hermano que salir a una entrevista fuera del país?

Generalmente sí, a menos que su hermano no haya acumulado presencia ilegal en el país o el  hermano beneficiario tenga la protección de la ley 245(i).


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¿Qué es la 245(i)?

La ley de la 245(i) permite a las personas que cuentan con ella, el poder continuar con su trámite dentro de los Estados Unidos. 

Aunque esta ley expiró el 30 de abril del 2001, aún existen personas que cuentan con la protección de la ley 245(i). Por ejemplo, quienes tienen:

  • Una petición ya sea familiar o laboral que se registró el 30 de abril del 2001 o antes.
  • Si su petición fue registrada después del 14 de 1998, debe demostrar que vivió en Estados Unidos antes de diciembre 21 del 2000.

OJO: La petición debe estar aprobada o debe haber sido “aprobable” cuando se registró. 

En el siguiente enlace podrá encontrar más información sobre esta ley: https://bit.ly/3uL0tLJ

Si el hermano beneficiario no cuenta con la protección de la ley 245(i) usted debe asegurarse que un abogado le explique los pasos a seguir y consecuencias de salir del país.

¿Qué debo tomar en cuenta?

Debe tomar en cuenta que para que su hermano pueda recibir la residencia legal deberá acudir a una cita en el Consulado o Embajada Americana de su país de origen; sin embargo, si acumuló presencia ilegal en Estados Unidos durante 180 días o más de 1 año recibirá el castigo de los 3 y 10 años cuando salga del país para su cita consular. 

Aunque existe un perdón para estos castigos, no todas las personas califican para él. Un hermano ciudadano no ayuda a calificar para este perdón. 

NOTA: En el siguiente enlace podrá conocer más acerca de quienes califican para el perdón de los castigos de los 3 y 10 años: https://bit.ly/3n4SIfh

Antes de iniciar cualquier trámite o petición, consulte muy bien con un abogado experto en las leyes de inmigración para que él analice todos los factores del caso y les indique la mejor forma en la que su hermano podría recibir la Residencia de Estados Unidos.

OJO: 

Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar.  No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso. Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular.
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