¿Un RESIDENTE puede pedir a su CÓNYUGE?

En este blog conocerá más información sobre las peticiones de Residentes Permanentes Legales hacia un cónyuge. 

¿Puedo pedir a mi cónyuge si soy residente permanente?

SÍ. Las leyes de inmigración permiten que un residente permanente legal pueda registrar una petición para que su cónyuge pueda recibir la Residencia Permanente Legal. 

¿Cómo puedo registrar una petición por mi cónyuge?

Registrando una petición familiar con USCIS. El Formulario es el I-130.

Puede encontrar el Formulario visitando el siguiente enlace: https://bit.ly/3Q0XR4f

¿Cuánto tiempo se puede demorar la aprobación de esta petición familiar?

El tiempo de espera dependerá de varios factores, como la cantidad de solicitudes pendientes de procesar o la oficina del Servicio de Inmigración y Ciudadanía (USCIS) que procese su solicitud. 

Actualmente, esta petición puede demorar hasta más de 2 años. 

Puede conocer el estado de su solicitud INGRESANDO AQUÍ.

NOTA: Que esta petición sea aprobada NO significa que la residencia legal en Estados Unidos será aprobada. Existen otros pasos a tomar. 

¿Qué otra información debo tomar en consideración para determinar cuánto tiempo se puede tomar el trámite de residencia ?

Usted debe considerar importantes factores del caso como por ejemplo:

  • ¿Dónde vive su cónyuge? Esto determinará si se necesita seguir el camino de Ajuste de Estatus, si su cónyuge califica, así podría recibir la residencia dentro de Estados Unidos o tendrá que salir del país para seguir un proceso consular.
  • ¿Ha vivido su cónyuge en Estados Unidos ilegalmente? De ser así, el caso tiene que ser analizado para los posibles castigos de los 3 y 10 años.
  • ¿Su cónyuge ha cometido delitos? Se debe analizar si el cónyuge ha cometido delitos que lo hacen inadmisible para recibir la residencia y de ser así, si existe un perdón para ello.
  • ¿Ha sido deportado su cónyuge del país?
  • ¿Su cónyuge ha ingresado y salido del país después de vivir ilegalmente en Estados Unidos?

Y otros temas a considerar. 

OJO: El hecho de que su cónyuge registre una petición familiar por usted, NO significa que recibirá la residencia automáticamente ya que existen ciertos factores de inadmisibilidad a considerar. Puede conocer algunos de estos factores visitando el siguiente blog: https://bit.ly/3zMUoA0

Le recomendamos que consulte a un abogado experto en las leyes de inmigración para que analice todos los factores de su caso y le indique los mejores pasos para poder ayudar a su cónyuge con su trámite de residencia. 

OJO: 

Este contenido ha sido concebido únicamente para efectos informativos, Es información general y se comparte con el solo propósito de informar.  No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso. 

Nunca descarte la asesoría legal de su propio abogado para analizar su caso en particular. 

Esta información está protegida por copyright © Si usted desea difundir esta información, lo puede hacer, pero por favor asegúrese de mencionar que obtuvo esta información de https://www.jessicadominguez 

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@Abogadatina
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