Una decisión 2-1, donde frenó los intentos del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) cuyo objetivo era detener el dictamen preliminar para detener la regla. Los jueces dijeron que la nueva Regla de Carga Pública no es una interpretación razonable de la ley federal de inmigración.
¿Qué concluyó el panel?
Concluyó que la regla de carga pública puede ser interpelada por el público de tal manera que evitarían encontrar acceso a una mejor atención médica, nutrición y beneficios de vivienda consistente e importante para toda familia.
¿La regla se encuentra vigente?
Si sigue vigente, el 20 de noviembre la Corte de Apelaciones del Séptimo Circuito emitió una suspensión que había bloqueado la regla anteriormente.
¿Qué estados incluyen la decisión por parte del Noveno Circuito ?
Los estados que pertenecen al noveno circuito: Alaska, Arizona, California, Hawaii, Idaho, Montana, Nevada, Oregon, Washington, Guam y las Islas Marianas.
¿Cuándo comenzó la Regla de Carga Pública?
Entró en vigor el 24 de febrero de 2020.
¿Cuándo fue reactivada la regla de Carga Pública?
La regla fue reactivada por la Oficina de Ciudadanía y Servicios de Inmigración (USCIS) el 22 de septiembre. La regla significa que antes de aprobar un beneficio migratorio, un oficial de Inmigración tenía que determinar si la persona era, es, o podría llegar a ser una Carga Pública.
¿Qué significa ser o llegar a ser Carga Pública?
Esto quiere decir que las autoridades de Inmigración determinan que la persona solicitando la residencia legal no puede comprobar que es financieramente autosuficiente, y por lo tanto existe la posibilidad que pida ayuda de beneficios públicos del estado donde vive o del gobierno federal. Es considerado como Carga Pública si se usa cualquier beneficio durante 12 meses en los últimos tres años.
¿Qué clase de ayuda recibida del gobierno podía perjudicar?
Servicios como, por ejemplo:
- Asistencia financiera en efectivo.
- Asistencia social como Medicaid.
- Cupones de comida.
- Asistencia para vivienda, Sección 8 y Sección 9.
¿Qué ha pasado desde que el gobierno implementó esta nueva regla?
- A finales de julio fue suspendida por USCIS debido a una decisión de un juez federal de Nueva York. El juez decidió que no debería ser aplicada durante la pandemia.
- El 11 de septiembre un tribunal de apelaciones del Segundo Circuito decidió que la regla si puede ser implementada por Inmigración.
- El 22 de septiembre de 2020, USCIS anunció por medio de su página de internet que vuelve a implementar la nueva Regla de Carga Pública desde la fecha original de febrero 24 de 2020.
- El lunes 2 de noviembre 2020, un juez del distrito de Illinois llamado Gary Feinerman, bloqueó la Regla de Carga Pública implementada por la actual administración.
- El miércoles 3 de noviembre 2020, el Tribunal de Apelaciones del Séptimo Circuito emitió una suspensión sobre la decisión del Juez del Distrito de Illinois que se implementa nuevamente la Carga Pública hasta nuevo aviso.
- Por el nuevo anuncio del Séptimo Circuito de no bloquear la Regla Carga Pública, usted tiene que presentar la forma I-944, al registrar su trámite con El Servicio de Ciudadanía e Inmigración USCIS. Recuerde que no debe registrar ningún trámite con inmigración a menos que un abogado experto haya analizado su caso.
- El miércoles 3 de diciembre, una corte federal de apelaciones del Noveno circuito decidió bloquear la Regla de Carga Pública. ***OJO: esta última decisión solamente aplica en los estados del Noveno circuito. Por favor leer la información al principio de este blog.
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) no se ha pronunciado ni comentado sobre esta última decisión del Noveno Circuito. Asegúrense de obtener asesoría legal para que le puedan asesorar en su trámite de Inmigración de acuerdo al estado en el cual usted vive, antes de registrar cualquier trámite.
En Jessicadominguez.com los mantendremos informados.
OJO:
Esta es información general y se comparte con el solo propósito de informar. No es asesoría legal ni consejo legal para ningún caso.
Para respuestas específicas de su caso consulte con su abogado. Si no tiene un abogado, asegúrese de consultar con un abogado experto en las leyes de inmigración.
Esta información está protegida por copyright © Si usted desea difundir esta información, lo puede hacer, pero por favor asegúrese de mencionar que obtuvo esta información de https://www.jessicadominguez.com/